Segunda línea de trabajo
Tramitación completa de la herencia, declaración de herederos, partición y resolución de los conflictos que surgen entre herederos.
Una herencia se tramita en un momento en el que casi nadie tiene la cabeza puesta en plazos ni en documentación. Un asesoramiento ordenado permite afrontar cada trámite con seguridad, prevenir conflictos entre herederos y conocer con claridad los derechos y las obligaciones de cada parte.
Materias
Recopilación de documentación, inventario de bienes y deudas, aceptación o renuncia y coordinación de los trámites notariales y registrales.
Determinación de los llamados a heredar cuando no existe testamento y tramitación del acta de notoriedad correspondiente.
Redacción de cuadernos particionales, valoración y reparto de los bienes y formalización de las adjudicaciones.
Negociación previa, división judicial de la herencia, desheredación, impugnación y defensa de derechos legitimarios.
También se ofrece asesoramiento previo en la redacción de testamentos, cuando el objetivo es ordenar la sucesión y evitar conflictos futuros.
Proceso de asesoramiento
La mayoría de las herencias que acaban en conflicto empezaron sin un inventario claro ni un calendario de trámites.
Preguntas frecuentes
Obtener el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y, si existe, copia autorizada del testamento. Con esa base se determina quiénes son los herederos, se inventarían los bienes y las deudas y se planifica el orden de los trámites.
Se aplica la sucesión intestada prevista en la ley, que establece el orden de los llamados a heredar. Para acreditar la condición de heredero se tramita un acta de declaración de herederos, normalmente ante notario.
Existe la posibilidad de aceptar a beneficio de inventario, que limita la responsabilidad a los bienes de la herencia, y también la de renunciar. Conviene analizar el pasivo antes de aceptar, porque la aceptación pura y simple es difícilmente reversible.
Si no es posible un cuaderno particional consensuado, cabe acudir a la división judicial de la herencia. Antes de llegar ahí suele ser útil intentar una partición negociada, que evita costes y bloqueos prolongados de los bienes.
Sí. Determinadas obligaciones fiscales derivadas de la sucesión tienen plazos legales desde el fallecimiento, con posibilidad de prórroga en algunos casos. Conviene conocerlos desde el principio para no perder opciones.
En determinados supuestos sí, por ejemplo cuando se ven afectados derechos legitimarios o cuando concurren causas que afectan a la validez del testamento. Cada caso requiere un análisis específico de la documentación y de los plazos aplicables.
Explícame la situación y te indicaré qué documentación conviene reunir y cuál es el orden de trámites más adecuado en tu caso.